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Sin avances para la promoción interna, ¿intención o fracaso?

08/03/2015 -

Recientemente se han publicado los planes de estudios de formación de oficiales para la integración en los Cuerpos Generales de los Ejércitos (1).

Estas órdenes ministeriales desconocen que la reciente Ley 46/2015, de 14 de octubre, ha modificado la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, dando una nueva redacción al apartado 1 del artículo 62:

«1. El Ministerio de Defensa impulsará y facilitará los procesos de promoción que permitan el cambio de escala y, en su caso, de cuerpo, de los militares profesionales que reúnan los requisitos exigidos. En esos procesos se valorarán los méritos, incluido el tiempo de servicios, se reservarán plazas de ingreso y, en su caso, se darán facilidades para la obtención de titulaciones del sistema educativo general. Asimismo, se efectuará una valoración efectiva de la experiencia profesional y de la formación, acreditadas con las correspondientes titulaciones, convalidaciones y equivalencias o créditos de enseñanzas universitarias. Dichos procesos se podrán llevar a cabo con fases de enseñanza a distancia

A pesar del hercúleo cambio legislativo, la Dirección General de Enseñanza y Reclutamiento Militar hace oídos sordos y sigue negando el pan y la sal a la promoción interna de los militares de carrera, rechazando:

1.- La valoración efectiva de la experiencia profesional.

2.- Las fases de enseñanza a distancia para el suboficial que ya ha pasado varios años por una academia militar. En el caso del ingreso sin titulación universitaria, ¿optimizar los recursos es exigir un mínimo de 8 años en academias militares? Los Centros Universitarios de la Defensa cuestan al Ministerio más de 10 millones de euros al año, capital suficiente para impartir asignaturas a distancia.

3.- Un listado concreto con el reconocimiento de los módulos, materias o asignaturas de las titulaciones de técnico superior que se cursan en las Academias y Escuelas de Suboficiales. En varias universidades estas titulaciones tienen un reconocimiento cercano a los 60 ECTS.

4.- Garantizar un reconocimiento mínimo de al menos el 30% de los créditos de los planes de formación de suboficiales en los planes de oficiales, ambos del cuerpo general, - y que el Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, permite hasta un 60%.

El propio Ministerio de Defensa ha establecido los planes de estudios de oficiales y suboficiales, conoce que hay muchas asignaturas equivalentes, pero deja a juicio de la Junta Docente su reconocimiento. ¿Qué materias se le reconocen a un suboficial de la especialidad fundamental de Caballería en el plan de estudios de la especialidad fundamental de Caballería? ¿O a un suboficial de la especialidad fundamental de Infantería de Marina en el plan de Infantería de Marina? ¿O a un suboficial de Mando y Control en el plan de Defensa y Control Aéreo?

Una vez más, comprobamos como la Dirección General de Enseñanza y Reclutamiento Militar retuerce la Ley de la carrera militar y obvia uno de los objetivos fundamentales del Espacio Europeo de Educación Superior -que es facilitar la movilidad de estudiantes-, todo ello con el fin de impedir la promoción del suboficial e implantar una estratificación social propia del siglo XIX.


(1) Orden DEF/286/2016, de 23 de febrero, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General del Ejército de Tierra mediante las formas de ingreso sin titulación previa. http://boe.es/boe/dias/2016/03/07/pdfs/BOE-A-2016-2281.pdf

Orden DEF/287/2016, de 23 de febrero, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General del Ejército del Aire mediante las formas de ingreso sin titulación previa. http://boe.es/boe/dias/2016/03/07/pdfs/BOE-A-2016-2282.pdf

Orden DEF/288/2016, de 23 de febrero, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina mediante las formas de ingreso sin titulación previa. http://boe.es/boe/dias/2016/03/07/pdfs/BOE-A-2016-2283.pdf

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