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LAS VERDADES NO OFENDEN

20/10/2015 -

Hasta el año 2011 todos tenían muy claro, mayormente el Partido Popular, quiénes eran los principales agraviados por la Ley de la carrera militar. Sin embargo, el “excelente” trabajo de algunos grupos de presión –lobbies, para entendernos– y de pescadores en río revuelto, han distorsionado la realidad de tal forma que una buena parte de la institución, los suboficiales, nos quedamos casi como estábamos a la entrada en vigor de la Ley.

 

Aún así, una vez que el Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma de la Ley de la carrera militar, agradecemos a los señores diputados y senadores su trabajo y dedicación a la difícil tarea de instaurar un régimen para el personal de las Fuerzas Armadas justo, eficaz y duradero. No obstante, debemos significar que el resultado final está todavía muy lejos de lo que una democracia consolidada puede y debe ofrecer a las mujeres y hombres que tenemos como primera obligación la entrega de nuestra vida en el cumplimiento de la misión encomendada.

La disponibilidad permanente para el servicio, la peligrosidad y penosidad de la profesión militar, tenían que haber sido argumentos suficientes para que se abordase sin complejos esta singularidad, como sí se ha hecho y se sigue haciendo con otros colectivos como, por ejemplo, los miembros de las distintas Policías Locales de nuestro país, que están viendo como la práctica totalidad de los grupos políticos y el Gobierno son favorables a que se permita el anticipo de la edad mínima exigida para que se pueda producir su jubilación. Sin entrar a valorar el alcance de la medida, por entenderla justa, ¿nos pueden dar algún tipo de explicación que ayude a conocer los motivos que impiden apreciar que los militares profesionales desarrollamos también actividades de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre? Este reconocimiento es una asignatura que han dejado pendiente todas las leyes de personal del periodo democrático, que otorga a los militares un status de inferior categoría dentro de los servidores públicos.

En lo que respecta a los suboficiales –los grandes perdedores de las sucesivas reformas– la frustración y la desmoralización son los calificativos que podemos emplear para describir la situación en la que hemos quedado. Nunca llegaremos a entender que los intereses particulares de determinados grupos de militares, cuyos derechos y/o expectativas se ampliaron siempre con cada nueva ley, puedan ponerse nuevamente por encima de los del colectivo más perjudicado: los suboficiales. Para comprobar nuestra afirmación, tan solo hace falta leerse el contenido de los textos de las leyes del personal militar publicadas en los boletines oficiales.

Para no extendernos demasiado, sirvan los siguientes ejemplos como denuncia del distinto rasero que se viene aplicando para medir el valor humano de los militares, aunque podíamos poner algunos más:

- Con la entrada en vigor de la Ley 17/1989, tras declararse a extinguir las escalas de complemento, se creó la figura de los militares de empleo de las categorías de oficial. A esta condición se podía acceder con cualquier titulación universitaria de diplomado o licenciado (en algunos casos tan solo con el COU) y tras una formación militar de entre tres y seis meses, se obtenía el empleo de alférez, pudiendo permanecer un máximo de 8 años en las Fuerzas Armadas, siendo el mayor ascenso permitido el de teniente. Hoy en día, esos mismos militares, nuevamente definidos como de complemento, pueden convertirse en militares de carrera tras realizar un test de 200 preguntas y superar unas pruebas físicas adaptadas a su edad, lo que les permitirá después ascender al empleo de comandante. Por tanto, de ningún modo pueden sentirse agraviados ni por la Ley de la carrera militar ni por las leyes anteriores, ya que siempre les fueron mejoradas sus condiciones de ingreso, hecho objetivo que puede comprobarse fácilmente tras la lectura de la normativa relacionada.

- Por el contrario, los suboficiales, que vimos truncada nuestra carrera militar y eliminados derechos y expectativas por esa misma Ley 17/1989, tenemos que estar en posesión de una titulación de ingeniero o de grado de la rama de ingeniería o arquitectura, ser declarados aptos en los preceptivos reconocimientos médicos y pruebas físicas –que no tienen en cuenta la edad– y luego superar una formación académica de dos años si queremos promocionar.

Pero todavía es mucho más grave la discriminación que se produce en el resto de situaciones. Por llamarlo de alguna manera, sangrante es el caso de un suboficial, ingeniero técnico industrial, excelente nivel de inglés, altamente especializado militarmente y con mucha experiencia profesional, que tiene como única posibilidad para poder promocionar en el propio Cuerpo General al que ya pertenece, la superación de un plan de estudios de cinco años. Exactamente lo mismo que cualquier civil o que un soldado con tan solo un año de servicio, que hayan superado recientemente la prueba de acceso a la universidad. La misma opción es la que se les ofrece al resto de suboficiales que están en posesión de diversas titulaciones de licenciado, diplomado o ingeniero técnico.

- Aunque la enseñanza en las Fuerzas Armadas está acogida al Espacio Europeo de Educación Superior, dirigido a facilitar en materia de educación la convergencia europea, los suboficiales no tenemos una convalidación o reconocimiento efectivo de créditos ni por nuestra formación militar académica y de perfeccionamiento ni por las titulaciones de técnico superior o universitarias ni por nuestra experiencia profesional, lo que lleva a la práctica inexistencia de la promoción interna de la que tanto habla la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y que a nosotros se nos niega. Sinceramente, habrá que ver si la modificación del artículo 62 no se queda en una mera declaración de intenciones porque, como sucede habitualmente, el preceptivo desarrollo reglamentario nunca llega.

Estas circunstancias, junto a las que ya relató nuestro presidente en su comparecencia ante la Subcomisión para la reforma del régimen transitorio de la Ley de la carrera militar y en las varias misivas que remitimos a los distintos miembros de la Comisiones de Defensa del Congreso y Senado, describen con claridad meridiana una discriminación efectiva e injusta contraria a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Además, esta verdad, al parecer incómoda para muchos, refleja la absurda y vergonzante realidad de que el progreso de los suboficiales de las Fuerzas Armadas está limitado por los mismos debates estériles y las actitudes clasistas que se produjeron durante una buena parte del siglo XX. Lamentablemente, nuestros derechos van en dirección contraria a los de la sociedad civil de la que formamos parte y eso es algo que figurará siempre en el debe de la reforma aprobada.

Por último, y no por ello menos importante, recordar la situación de agravio y desamparo que una vez más nos toca vivir, cuando la propia Ley de la carrera militar establece que la desaparición de las dos antiguas escalas de oficiales potenciará el papel de los suboficiales, lo que en la práctica ha significado la realización de funciones operativas, logísticas y administrativas anteriormente asignadas a los primeros empleos de esas escalas. A pesar de ello, se nos niega por activa y por pasiva la posibilidad de obtener la titulación o la equivalencia al grado universitario, con los complementos formativos necesarios y de forma similar a los subinspectores del Cuerpo Nacional de Policía y, previsiblemente, los suboficiales de la Guardia Civil.

Como pueden comprobar, tras más de veinticinco años del inicio de la profesionalización de las Fuerzas Armadas, el retroceso de los suboficiales es evidente.

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