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Recientemente, se han publicado dos órdenes ministeriales:

  • Orden Ministerial 13/2019, de 28 de marzo, que modifica la Orden Ministerial 17/2009, de 24 de abril, por la que se establece el procedimiento y las normas objetivas de valoración de aplicación en los procesos de evaluación del personal militar profesional.

Real Decreto 210/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2019.  

Artículo 1. Aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2019.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar y en el artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y conforme a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2019 en los términos que se establecen en este real decreto. Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta provisión de plazas solo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas y se realizarán de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima novena de la Ley 6/2018, de 3 de julio, y con lo dispuesto en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

2. En los anexos a este real decreto se fija el número de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, que se desglosan en plazas de ingreso directo, plazas de promoción de militares de carrera a las escalas de oficiales, plazas de promoción y promoción interna de militares de complemento a las escalas de oficiales, plazas de promoción de militares de tropa y marinería a las escalas de oficiales y suboficiales y plazas de reservistas voluntarios.

Con carácter general la finalidad de un premio es recompensar un esfuerzo, un mérito destacado; en otras ocasiones se trata de visibilizar problemas, de llamar la atención sobre algo o de constituir un estímulo positivo para los miembros de un colectivo. El Premio “Soldado Idoia Rodríguez”, instituido por el Ministerio de Defensa, responde a todas estas finalidades. La mujer lleva relativamente poco tiempo como miembro de las Fuerzas Armadas, y en estos 30 años se ha ido labrando un puesto en merecida igualdad con el hombre, aunque el porcentaje de féminas, excepto en especialidades muy concretas, siga siendo todavía bajo.

Hasta aquí el discurso compartido con el ministerio, ahora vamos a focalizar la lupa en las mujeres militares premiadas en esta convocatoria, y en concreto en una de ellas.

Cuando todavía resuenan los ecos de la entrega y profesionalidad demostrada por los militares de la Brigada Galicia VII durante el ataque al centro de adiestramiento de Kuolikuoro en Malí, y de su aprovechamiento mediático por parte del Ministerio de Defensa, entramos en periodo electoral y su correspondiente mercadeo… Sin embargo, no hay dinero para los militares.

El gobierno actual, de igual manera que el anterior, prosigue con la equiparación salarial de policías y guardias civiles con los miembros de las policías autonómicas, agrandando todavía más la brecha retributiva con los componentes de las Fuerzas Armadas, y aprobando, además, medidas de mejoras retributivas y profesionales para otros colectivos, como la anunciada el viernes pasado para el personal laboral de la Administración General del Estado.

El pasado día 6 de febrero las asociaciones profesionales ASFASPRO, AUME, ATME, AMTM y UMT tuvieron un encuentro con los medios de comunicación para anunciar que habían solicitado conjuntamente a la Ministra de Defensa celebrar un pleno extraordinario del Consejo de Personal para conseguir el reconocimiento retributivo de la profesión militar. Al día siguiente el Ministerio de Defensa emitió una nota de prensa anunciando su celebración el próximo 28 de marzo.

La reunión de los representantes de las asociaciones profesionales con los medios informativos estaba prevista y autorizada para el día 5 de febrero en la Delegación de Defensa de Madrid, sin embargo, causas sobrevenidas obligaron a retrasarla al día 6. El día anterior a su celebración el Delegado de Defensa desautorizó la asistencia de los medios de comunicación porque la reunión informativa debía ser exclusivamente destinada a miembros de las Fuerzas Armadas.

14/01/2019 -

El sábado 12 de enero se publicó la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.

Respecto al anterior cuadro médico de 2007 presenta varias novedades como la talla mínima, la desaparición de la celiaquía como enfermedad excluyente, el incremento a 90 del cociente intelectual mínimo de la tropa y marinería, y el aumento de los requisitos de agudeza visual en determinados casos.

07/01/2019 - 

El estudio más secreto que está realizando en estos momentos el Ministerio de Defensa español no es el de la quinta generación de medios de ciberdefensa ni sobre inteligencia artificial, se trata de las retribuciones del personal militar. No el del personal del Ministerio, sino exclusivamente el del personal militar: a los representantes del personal civil del ministerio ya les explicó el Subsecretario de Defensa el pasado 26 de julio las diferentes vías para corregir la brecha retributiva con respecto a otros departamentos ministeriales.

Pero del famoso estudio ministerial de las retribuciones del personal militar nada se sabe. Es el secreto mejor guardado del Ministerio de Defensa. ASFASPRO pregunta por el estado del estudio en cada pleno del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas; ha habido preguntas parlamentarias sobre el asunto a principios de año y una proposición no de Ley el pasado diciembre y aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados. La respuesta es como un mantra: el estudio se está haciendo.

Real Decreto 1399/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa. 

El Ministerio de Defensa es el departamento de la Administración General del Estado al que le corresponde la preparación, el desarrollo y la ejecución de la política de Defensa determinada por el Gobierno y la gestión de la administración militar.

 

Real Decreto 308/2007, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa.

La Administración militar ejerce su actividad en todo el territorio del Estado a través de las Delegaciones de Defensa y de las Subdelegaciones que de ellas dependan. Las Delegaciones de Defensa son órganos territoriales que se constituyen en el ámbito de las comunidades autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y las Subdelegaciones de Defensa son órganos territoriales que ejercen en el ámbito provincial.

Orden DEF/91/2008, de 22 de enero, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa. .

 

Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas.

Este real decreto desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas para posibilitar el cumplimiento de las misiones que se le encomienden. Esta organización determina la dependencia orgánica de las unidades que se citan en este real decreto con los jefes y las autoridades militares a las que están subordinadas.
 
 

Orden 93/1993, de 21 de septiembre, por la que se establece una nueva clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire. y Orden 278/1999, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Orden 93/1993, de 21 de septiembre, por la que se establece una nueva clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire. 

28/12/2018 - 

SÍNTESIS Y CONCLUSIONES

El abandono del Subsecretario de Defensa del pleno del Consejo de Personal, haciéndose cargo el Secretario General Técnico de la presidencia es una situación irregular. No sólo se pierde la paridad entre los representantes ministeriales y de las asociaciones, sino que la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, ordena que el Consejo lo presida el Ministro de Defensa y cuando no asista lo haga el Subsecretario de Defensa. No caben más delegaciones. Tratar de habilitar recovecos legales en este sentido no es más que un intento de desvirtuar las funciones del Consejo, y en definitiva menoscabar a las asociaciones profesionales y los militares que representan, bajando el nivel de interlocución.

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