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Fuente: mde.es Fuente: mde.es

Nueva instrucción de evaluaciones en el Ejército del Aire

16/02/2017 -

Recientemente ha sido publicada la Instrucción 4/2017, de 2 de febrero, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, por la que se establecen las puntuaciones y fórmulas ponderadas a aplicar en evaluaciones en el Ejército del Aire.

En el caso del ascenso por el sistema de clasificación, el Grupo de valoración 1 pasa de tener un valor del 35% al 30%, por lo que el peso de los subjetivos Informes personales de calificación (IPEC) disminuye.

En este mismo sistema de ascenso el Grupo de valoración 3 aumenta del 15% al 20%, elevando el peso de la enseñanza de formación y perfeccionamiento, así como de cursos, idiomas y titulaciones.  Al aumentar el valor de la enseñanza de formación, el número de promoción tendrá aún mayor influencia sobre la puntuación final.

Otra de las novedades es que el rango óptimo de destinos de los empleos de sargento y sargento primero pasa de 2/3 a 1/2, implicando menor movilidad geográfica.

Sin embargo, a pesar de lo dispuesto en la disposición final primera de la Orden Ministerial 17/2009, de 24 de abril, dónde es clara la intención del Ministro de Defensa de dar las mayores garantías a los procedimientos y normas de los procesos de evaluación, esta nueva instrucción viene a ser una norma en blanco que delega en el Mando de Personal y a normas1 que no se publican en el Boletín Oficial de Defensa la configuración definitiva de las puntuaciones y, por tanto, de los criterios reales de ascenso.

¿Cómo es posible que se publique una Instrucción sobre valoraciones y no se conozcan cómo son y cómo se valoran los Informes de prestigio profesional y capacidad de liderazgo, o cuántos IPEC´s se van a considerar, o que puntuación tiene cada destino? Es curioso que muchos de estos datos figuraran en la instrucción anterior2 y aquí han desaparecido.

 

Descargar documento

 


1 Instrucción General (IG) 60-20.

2 Instrucción 33/2013, de 7 de junio, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire.