ULTIMAS NOTICIAS

Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación a los Suboficiales de las Fuerzas Armadas, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que ASFASPRO considera dicha medida, un atropello contra las ya maltrechas economías de los subofiales que constituyen, de facto, el furgón de cola retributivo de los funcionarios, es por lo que ha encargado a Gabinete Jurídico Suárez-Valdés  el inicio de cuantas medidas legales resulten procedentes en defensa de los derechos de todos los Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Como primera actuación, les proponemos que cursen, a partir del lunes 30/07/2012, la instancia que se acompaña con el presente correo y mediante la que se pretende el abono de un sexto y medio de la paga extra de navidad, que ya se considera devengada a la fecha de entrada en vigor del citado Real Decreto-Ley. Así mismo se insta al servicio de retribuciones a la regularización de las cuantías detraídas al funcionario en concepto de IRPF, clases pasivas e ISFAS. 

La instancia pueden descargarse en el siguiente enlace:

 

 Descargar Documentos

 GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS

C/ Bravo Murillo, 101, planta 11. 28020 MADRID

Tel.: 91 535 7770 – Fax: 91 535 7771

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

www.suarezvaldes.es

 

 


 

Miércoles 17 de Octubre de 2012

LA DEFENSORA DEL PUEBLO AVALA LA INICIATIVA DE GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS CONTRA LA MEDIDA DEL GOBIERNO DE ELIMINAR LA PAGA DE DICIEMBRE A LOS SUBOFICIALES DE LAS FAS.

Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación a los Funcionarios del Cuerpo de la Guardia Civil y de las FAS, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que Gabinete Jurídico Suárez-Valdés considera dicha medida, confiscatoria, por cuanto supone la detracción de una parte de dicha paga de navidad, que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, ya se había devengado (las pagas extras constituyen una retribución diferida que se devenga por días trabajados), es por lo que nuestro despacho  inició con carácter inmediato en el mes de julio, una reclamación tendente a la solicitud del abono del 25% de dicha paga, que habría comenzado a devengarse el día uno de junio y a la regularización de las retenciones practicadas en concepto de IRPF (se adjunta con el presente correo).

Mas de 10.000 militares han cursado dichas instancias encontrándonos, a la fecha, a la espera de la resolución de las mismas.

De forma paralela se elevaron solicitudes a la Defensora del Pueblo solicitando que se pronunciase sobre la legalidad de la pretensión confiscatoria del Gobierno.

Ahora, la Defensora del Pueblo nos ha dado la razón en su informe de 15/10/2012, en el que, recogiendo el criterio de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés,  se recomienda a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que no se aplique la supresión de la paga extra de Navidad a la cuantía devengada de la misma, al momento de publicación del Real Decreto-Ley 20/2012 (se adjunta con el presente correo).

Este hecho, no hace sino confirmar nuestra convicción sobre la viabilidad de la acción que ya hemos iniciado y animarnos a llevarla hasta la última vía judicial, elevando, si fuera preciso, cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Européas, no reparándose en medios para la mejor defensa de nuestros afiliados.

Como de costumbre, se informa a todos los afiliados que, el procedimiento de reclamación de la parte proporcional de su paga extra de Navidad, tendrá para los mismos un coste de abogados y procuradores de 0 €.

Animamos a todos nuestros afiliados y simpatizantes, que todavía no lo hayan hecho, a secundar nuestra iniciativa, presentando la instancia de reclamación del abono del 25% de la paga extra de Navidad ya devengada.

icono pdf

Descargar Resolución

icono pdf

Descargar Recomendación

icono pdf

Descargar Nota Informatíva

 

 

 


 

 Por Resolución  631/10467/12, de fecha 28 de junio de 2012, dictada por el Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, se declara el ordenamiento definitivo para el ascenso por el sistema de clasificación del personal comprendido en las zonas de escalafón para el ciclo de ascensos 2012/2013. Como quiera que, como viene siendo desagradablemente habitual, han sido innumerables las reclamaciones recibidas por este despacho en relación a dicha evaluación, es por lo que en Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, hemos confeccionado un recurso de alzada, para todos aquellos oficiales y suboficiales que se puedan sentir perjudicados por la evaluación referida.

El recurso tiene dos partes, una genérica y aplicable en un 85% de su contenido a todos los evaluados y otra de agravios concretos, que se deberá rellenar por el afectado, identificando los agravios concretos cometidos en su persona (se aportan ejemplos ilustrativos).

 

Esperamos resulte de su interés.

Descargar Documentos

 

GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS

C/ Bravo Murillo, 101, planta 11. 28020 MADRID

Tel.: 91 535 7770 – Fax: 91 535 7771

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

www.suarezvaldes.es

 

Por Resolución  762/09806/12, de fecha 21 de junio de 2012, dictada por el Excmo. Sr. General de Ejercito JEMA declarada la aptitud y el orden en que se producirán los ascensos, se publica el ordenamiento definitivo para el ascenso por el sistema de clasificación del personal comprendido en las zonas del escalafón para el ciclo de ascensos 2012/2013. Como quiera que, como viene siendo desagradablemente habitual, han sido innumerables las reclamaciones recibidas por este despacho en relación a dicha evaluación, es por lo que en Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, hemos confeccionado un recurso de alzada, para todos aquellos oficiales y suboficiales que se puedan sentir perjudicados por la evaluación referida.

 

El recurso tiene dos partes, una genérica y aplicable en un 85% de su contenido a todos los evaluados y otra de agravios concretos, que se deberá rellenar por el afectado, identificando los agravios concretos cometidos en su persona (se aportan ejemplos ilustrativos).

 Esperamos resulte de su interés.

Descargar Documentos

 

GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS

C/ Bravo Murillo, 101, planta 11. 28020 MADRID

Tel.: 91 535 7770 – Fax: 91 535 7771

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

www.suarezvaldes.es

 

Por Resolución  564/08645/12, de fecha 31 de mayo de 2012, dictada por el Excmo. Sr. General de Ejercito JEME (BOD 111 de 7 de junio del 2012), finalizadas las evaluaciones para el ascenso para el ciclo 2012/2013, realizadas al personal relacionado en la Resolución 564/08024/12 de 22 de mayo de 2012 (BOD núm. 103), se declara la aptitud para el ascenso al empleo superior de los Oficiales y Suboficiales relacionados, aprobándose el orden de clasificación establecido. Como quiera que viene siendo desagradablemente habitual, han sido innumerables las reclamaciones recibidas por este despacho en relación a dicha evaluación, es por lo que en Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, hemos confeccionado un recurso de alzada, para todos aquellos oficiales y suboficiales que se puedan sentir perjudicados por la evaluación referida.

El recurso tiene dos partes, una genérica y aplicable en un 75% de su contenido a todos los evaluados y otra de agravios concretos, que se deberá rellenar por el afectado, identificando los agravios concretos cometidos en su persona (se aportan ejemplos ilustrativos).

Esperamos resulte de su interés.

Descargar Documentos

 

GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS

C/ Bravo Murillo, 101, planta 11. 28020 MADRID

Tel.: 91 535 7770 – Fax: 91 535 7771

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

www.suarezvaldes.es

 

La aplicación, a nuestro entender injusta, de la disposición transitoria séptima de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar, ha producido en la Escala de Suboficiales un sentimiento generalizado de indignación, y a la vez de rabia e impotencia, ante la falta de respuesta del Ministerio de Defensa a los graves perjuicios ocasionados a nuestro colectivo desde la entrada en vigor de la citada disposición.

Principios tan importantes en los ejércitos como los de antigüedad y jerarquía y los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad –a los que se da especial relevancia en el texto de la propia ley de la carrera militar– están siendo reiteradamente ignorados en este caso.

Los suboficiales en situación de servicio activo ven como al pasar a la reserva, se les asignan fechas de antigüedad en sus nuevos empleos de Teniente/Alférez de Navío, muy posteriores a las otorgadas a los compañeros que se encontraban escalafonados detrás de ellos y que alcanzaron un menor empleo y/o antigüedad cuando se encontraban en servicio activo, por el único mérito de haber prestado menos años de servicio, al haber pasado a la situación de reserva con anterioridad.

Por este motivo, el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, en colaboración con su cliente corporativo ASFAS, convencidos de la profunda injusticia de dicha situación y constatando que tal medida pudiera atentar contra la legislación vigente en materia de escalafonamiento, ha confeccionado una serie de reclamaciones tendentes a que a todos los suboficiales de las FAS que hubieran accedido a dicha Escala en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1977 y el 20 de mayo de 1999, y que, con motivo de su pase a reserva en fechas recientes o próximas, hayan o vayan a ascender al empleo de Teniente/Alférez de Navío, puedan solicitar que, si fueron sobrepasados, se les conceda la misma antigüedad en dicho empleo de 01/01/2008, que la asignada a los compañeros referidos.

En anteriores reclamaciones similares instadas ante la Audiencia Nacional, dicha Sala evitó entrar a conocer este espinoso asunto, alegando que este tipo de reclamaciones debían plantearse en el momento en el que los afectados pasasen a la situación de reserva. Pues bien, dicho momento ya ha llegado, ya que son muchos los compañeros que están pasando o van a pasar en próximas fechas a la situación de reserva. Como podrán observar en las instancias que se adjuntan en el apartado de descargas, amén del enfoque anteriormente desarrollado en relación al evidente agravio y conculcación del principio de mérito y capacidad que supone la situación actual en materia de ascensos al pasar a reserva, este despacho va a centrar su reclamación en el tenor literal de la vigente regulación del concepto de escalonamiento, que, con la solución actualmente elegida por Defensa, es literalmente dinamitado ya que, personal con peor número de escalafón, sin embargo tendrá asignada mayor antigüedad en el empleo, cuando dichos conceptos se encuentran íntimamente ligados.

Los interesados en este tipo de reclamación se encuentran divididos en dos grupos:
1º- Aquellos suboficiales que, hayan ascendido a Teniente/Alférez de Navío estando en situación de reserva, hace más de un mes, deberán cursar una instancia cuyos archivos están denominados con la nomenclatura: Instancia solicitud de antigüedad de teniente-alférez navío (ET, EA o ARMADA). Tendrán que descargar el archivo correspondiente a su ejército, rellenar el mismo con respecto a los campos señalados en amarillo (antes de enviar quitar el resaltado en amarillo) y cursar la instancia de inmediato por conducto reglamentario. Cuando reciban la contestación deben solicitar nuevas instrucciones al gabinete jurídico.

2º- Aquellos suboficiales que hayan pasado a la situación de reserva y que hayan ascendido a Teniente/Alférez de Navío hace menos de un mes o que vayan a hacerlo en fechas próximas, tienen el plazo de un mes, desde su ascenso a oficial, para cursar los archivos denominados con la nomenclatura: ALZADA solicitud de antigüedad de teniente/alférez de navío (ET, EA o ARMADA). El plazo comienza a contar con la recepción de la resolución del General/Almirante Jefe de Personal por la cual ingresa en la Escala a Extinguir de Oficiales, con el empleo de Teniente/Alférez de Navío. Este grupo no debe presentar ningún tipo de instancia antes de recibir dicha resolución y debe cursar la alzada tan pronto como reciba la misma.

CUANDO RECIBAN LA DENEGATORIA DEBERÁN REMITIR A C/ BRAVO MURILLO 101 PL 11 – 28020 – MADRID:

*ORIGINAL Y TRES COPIAS DE PODER NOTARIAL PARA PLEITOS CON FACULTADES EXPRESAS DE SUSTITUCIÓN A FAVOR DE LOS LETRADOS DE MADRID ANTONIO SUAREZ – VALDÉS GONZÁLEZ, DIEGO BUENAGA PAREJA, REGINA DORADO MARTÍN, Y BEGOÑA VILLACÍS SÁNCHEZ Y DE LOS PROCURADORES DE MADRID JAVIER FREIXA IRUELA, MILAGROS DURET ARGUELLO Y PATRICIA ROSCH IGLESIAS (SI LO HUBIESEN APORTADO CON ANTERIORIDAD PARA OTRO PROCEDIMIENTO, RESULTARÁ SUFICIENTE CON REMITIR TRES FOTOCOPIAS).

*BOLETÍN DE ENCARGO DE PLEITO QUE SE ACOMPAÑA EN ARCHIVO ADJUNTO, FIRMADO POR CADA RECURRENTE EN EL QUE SE LES DETALLAN LAS CONDICIONES ECONÓMICAS DEL RECURSO.

* 100 € de provisión de fondos (no asociados) ó 0 € (Afiliados del despacho o de la asociación AS-FAS)
Las provisiones de fondos se remitirán por giro postal a la dirección del despacho.

*ORIGINAL Y TRES COPIAS DE RESOLUCIÓN DESESTIMATORIA.

* COPIA DE LOS BOLETINES EN EL QUE SE PUBLICA EL PRIMER EMPLEO COMO SUBOFICIAL Y DE LA RESOLUCIÓN POR LA CUAL INGRESA EN LA ESCALA A EXTINGUIR DE OFICIALES.

Suboficiales reclaman dinero al Estado por  los perjuicios que les ocasiona la Ley Militar.

Una gran parte de los 12.000 militares  afectados denuncian que ataca gravemente su honor y su dignidad.

8.935 – En el Ejército de Tierra, los afectados por la normativa son 8.935 suboficiales en activo, que ingresaron en la Escala Básica entre 1977 y 1989. 4.709 son brigadas, 4.031 subtenientes y 195 suboficiales mayores.
1.471 – Este es el número de suboficiales del Ejército del Aire que han salido perjudicados con la aplicación de la Ley de la Carrera Militar. Esa cantidad se desglosa en 1.341 subtenientes y 130 suboficiales mayores.
1.231 – La Armada es el Ejército con menor plantilla de suboficiales perjudicada por esta Ley, con un número total de 1.231 militares agraviados. De ellos, 1.133 son subtenientes y 98 suboficiales mayores.

PALOMA CERVILLA | MADRID – ABC.es – 26 01 2009.
Los cerca de 12.000 suboficiales de las Fuerzas Armadas que se sienten perjudicados por la aplicación de la disposición transitoria séptima de la Ley de la Carrera Militar (sólo les permite ascender a teniente en la reserva y no en activo) han emprendido una nueva cruzada contra el Gobierno para hacer valer sus derechos. El hecho de que esta nueva normativa legal sí que permita ascender a los suboficiales que se encuentran en la reserva, significa un agravio con respecto a los que están en activo, que denuncian la pérdida económica que les supone.
La fórmula que han utilizado los afectados para que el Gobierno les compense la pérdida de dinero es la Reclamación Patrimonial al Estado, acogiéndose a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Este texto legal indica que «las Administraciones Públicas indemnizarán a los particulares por la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos y que éstos no tengan el deber jurídico de soportar, cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos».

«Aflicción y humillación».
Los afectados ya comenzaron en diciembre a enviar al Consejo de Ministros una serie de escritos, a los que ha tenido acceso ABC, en los que ponen de manifiesto el «grave daño y perjuicio en su esfera profesional y moral» que les ha causado la aplicación de esta Ley. Una Ley Militar que les provoca una «gran angustia, aflicción y humillación» y que «ataca gravemente su honor, su dignidad, su estima social e incluso su salud física y psíquica».

Como ha sucedido en la Armada, los suboficiales denuncian un problema similar, como es que militares les salten en el escalafón con menos méritos que ellos. Ello les lleva a afirmar que han comprobado «que el servicio prestado, día a día en las unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa o en misiones internacionales carece de valor, ya que suboficiales, con independencia del empleo que ostentaban o del tiempo prestado en situación de activo, son ascendidos a un empleo y categoría superior, por el mero hecho de estar sin destino, «en su casa», en definitiva, en la reserva».

Las reclamaciones económicas que han pedido los suboficiales se refieren a tres conceptos distintos. Primero, cifran en 50.000 euros los daños sufridos «por haber sido saltados por un suboficial de inferior empleo o más moderno en el escalafón». Consideran que esta cantidad hay que multiplicarla por el número total de suboficiales que han saltado en el escalafón a los afectados. La segunda cuantía económica que reclaman es 5.000 euros. En este caso por el «daño sufrido por la pérdida de puestos en el orden de precedencia o prelación en las Fuerzas Armadas, al haber ascendido al empleo de teniente a suboficiales de inferior empleo o más modernos». Por cada puesto perdido se debe compensar con esta cantidad. Finalmente, quieren 200.000 euros «por el grave perjuicio moral, en su honor y dignidad profesional, que trasciende a la esfera social, al haberse ascendido al empleo de teniente a suboficiales de inferior empleo o más modernos».

Los suboficiales insisten que, según  sentencias del Supremo, el asunto es competencia del Consejo de Ministros.

Los afectados sólo renunciarían a la indemnización en dos supuestos. Primero, «si, en aplicación de los pertinentes cambios legislativos, fuese ascendido al empleo de teniente en servicio activo, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de 1 de enero de 2008, recuperando su puesto en el escalafón y el orden de prelación en las Fuerzas Armadas en relación con los que le han sobrepasado». El segundo supuesto es que, en caso de no ser posible el anterior, renunciarían a esa compensación si «fuesen pasados a la situación de reserva y ascendido al empleo de teniente, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de 1 de enero de 2008». Estos escritos «se están enviando masivamente desde los tres Ejércitos», según aseguraron a ABC algunos de los afectados. Pero el Gobierno no quiere ponerles fácil el camino. Así, una vez que algunos de estos escritos han llegado a La Moncloa, desde el Ministerio de la Presidencia se les contestó el 30 de diciembre, comunicándoles que el órgano competente es la Subdirección General de Recursos e Información Administrativa del Ministerio de Defensa. Y hasta allí se han ido los afectados, como consta en el escrito enviado por uno de ellos el 13 de enero.

Aunque están siguiendo el trámite que les indican, los suboficiales insisten que, según sentencias del Supremo, el asunto es competencia del Consejo de Ministros. Además, consideran que el Gobierno está maniobrando para no solucionar el problema. (fuente www.pedea.org)

No nos consta la fuente de la reclamación, pero añadimos a continuación los modelos de instancias con las instrucciones para su trámite.

Pincha aqui para descargar las instancias

Una vez que el Consejo de Ministros os comunique el traslado del expediente a Defensa, hay que remitir estas solicitando la devolución.

Pincha aqui para descargar las instancias

Incluimos en este apartado la Instancia, formato .doc, para que el personal especialista solicite se les anote el tiempo de función en la documentación que, en muchos casos, no viene contemplado.
Instancia en formato PDF

Servicios Juridicos

 

Toda tramitación administrativa precisa que se ajuste tanto a derecho como a la normativa vigente, normativa ésta, algo farragosa y dispersa para el profano, por ello, contamos en la Asociación con el asesoramiento legal del Despacho de Abogados Novex Jurídico.

LOGOTIPO M NOVEX Mediano

El Despacho de Abogados Novex Jurídico aplica las siguientes prioridades:

1 - Los requerimientos de la Junta Directiva.

2 - Procedimientos Penal Militar.

3 - Procedimientos Disciplinarios.

4 - Instancias sometidas a prescripción.

5 - Instancias no sometidas a plazo alguno (máximo 15 días desde su solicitud al Gabinete).

Los asociados podrán efectuar sus consultas jurídicas a través del Área de Apoyo y Asistencia al Socio:

  • por correo electrónico a la dirección e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Por teléfono al número: 656 499 960

En casos urgentes relativos a la vía disciplinaria o penal, también prodrán ponerse en contacto con el despacho de abogados:

Despacho de Abogados Novex Jurídico.

Teléfono: 722 732 730


 defensa juridica

Cuadro resumen de las coberturas jurídicas


CONTENIDO DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS CONTRATADOS *
Descargar documento


 * Nota Importante: Excepto para hechos causales anteriores a la fecha de alta como socio.

 


El Gabinete Jurídico Suárez-Valdés informa de la confección por parte de sus departamentos de derecho militar y constitucional de una demanda contra el estado español, por presunta violación de lo estipulado en el Convenio Europeo de protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, en relación con la denegación operada por los tribunales nacionales del derecho de los Suboficiales de las Fuerzas Armadas Españolas al percibo de la totalidad de los trienios perfeccionados en dicha escala, como del subgrupo A2.

Dicha demanda ha sido confeccionada por encargo expreso de la asociación ASFAS – ASFASPRO  y se tramitará en los próximos días, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, en defensa de sus afiliados. En la misma, se denuncia la vulneración del principio de igualdad a que se ven sometidos los suboficiales de las Fuerzas Armadas, que observan con perplejidad como se permite que, ante la pasividad del Ministerio de Defensa, existan colectivos funcionariales que perciben la totalidad de sus trienios como generados en el mismo subgrupo, mientras que los demandantes ven denegado sistemáticamente dicho derecho en virtud de una maraña normativa absolutamente obsoleta, permanentemente renovada por Defensa y cuyo único objeto es el de perjudicar económicamente al colectivo.

El texto íntegro de dicha demanda puede ser consultado en la web del Gabinete Jurídico.

www.suarezvaldes.es

El Gabinete Jurídico Suárez-Valdés informa de la interposición por parte de sus departamentos de derecho comunitario y militar, de una demanda contra el Estado Español, tramitada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el pasado 24/02/2012, , por presunta violación de lo estipulado en el Convenio Europeo de protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, en relación con la denegación operada primero por el Ministerio de Defensa y después por los tribunales nacionales, del derecho de los Suboficiales de las Fuerzas Armadas Españolas al percibo de la totalidad de los trienios perfeccionados en dicha escala, como del subgrupo A2.

Dicha demanda ha sido confeccionada por encargo expreso de la asociación ASFAS – ASFASPRO en defensa de sus afiliados y como decimos ya ha sido presentada a registro ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasgurgo. En la misma, se denuncia la vulneración del principio de igualdad a que se ven sometidos los suboficiales de las Fuerzas Armadas, que observan con perplejidad como se permite que, ante la pasividad del Ministerio de Defensa, existan colectivos funcionariales que perciben la totalidad de sus trienios como generados en el mismo subgrupo, mientras que los demandantes ven denegado sistemáticamente dicho derecho en virtud de una maraña normativa absolutamente obsoleta, permanentemente renovada por Defensa y cuyo único objeto es el de perjudicar económicamente al colectivo.

 

Demanda Trienios Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Haga clic en la imagen para ver la demanda.

 

Cookies
Este sitio web utiliza Cookies propias y de terceros para recopilar información con la finalidad de mejorar nuestros servicios. El usuario tiene la posibilidad de configurar su navegador pudiendo, si así lo desea, impedir que sean instaladas en su disco duro, aunque deberá tener en cuenta que dicha acción podrá ocasionar dificultades de navegación de la página web.