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LEY 17/1989: FLAGRANTE INCUMPLIMIENTO DE LAS LEYES DE INGRESO E INSEGURIDAD JURÍDICA

promocion suboficial 240419.1En el año 1989 los suboficiales no dimos la suficiente importancia a la aprobación de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, que eliminó expectativas y derechos ampliamente consolidados e incluidos en las leyes vigentes hasta la fecha, además de modificar muy significativamente nuestra carrera profesional sin establecer periodos transitorios en algunos casos e insuficientes en otros. Dedicados de lleno al cumplimiento de nuestros cometidos e ingenuamente confiados en que el Estado velaba por nuestros intereses profesionales1 no presentamos la necesaria batalla ante una ley que pasó por encima de los principios de buena fe y de confianza legítima generando gran frustración e inseguridad jurídica a todos los componentes de nuestra escala.

De todas formas, para no desanimar a nadie a su lectura, hay que decir que no tenemos la intención de repetir en este artículo todos los agravios, arbitrariedades y disparates que se han producido después de la entrada en vigor de ésta y las sucesivas leyes de personal que fueron aprobadas con posterioridad, porque ya han sido meticulosamente documentados en numerosos informes y relatados en más de una ocasión en el Congreso de los Diputados o, más profusamente, en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, sino la de visibilizar el continuo maltrato y el doble rasero que está utilizando la Administración para medir el valor humano y profesional de los suboficiales de las Fuerzas Armadas en relación con el resto de militares y otros servidores públicos. Ante esta realidad, como venimos denunciando de manera infatigable, indigna sobremanera cuando nos vemos obligados a contemplar como pasan por agraviados todos aquellos que han visto mejorada su carrera militar con la entrada en vigor de cada nueva ley.

El gabinete jurídico de ASFASPRO ha conseguido sentencia estimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que obliga al Ministerio de Defensa a abonar al Subteniente D. Agustín Aznar Sánchez, del Ejército de Tierra, el componente singular del complemento específico por el puesto de trabajo desempeñado de forma interina como Suboficial Mayor de la Brigada de Caballería “Castillejos II”, del Batallón de Zapadores XXII. La cuantía total asciende a 1.221,09 € más los intereses legales correspondientes.

El Tribunal vuelve a incidir, como en sentencias anteriores1, en que los complementos están referenciados al puesto de trabajo realmente desempeñado, de tal manera que, si el recurrente lo ejerció durante el periodo de tiempo que menciona, y así lo acredita suficientemente, es indudable que tiene derecho al percibo de los mismos, aunque tal ejercicio hubiese sido mediante adscripción provisional o sin nombramiento formal alguno, esto es como situación meramente de hecho.

El próximo jueves, 11 de abril, tendrá lugar en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN) la presentación del nuevo libro del Teniente del Ejército de Tierra (Res.) D. Jerónimo F. Naranjo García“Los Suboficiales del Ejército del Aire”. Con los pies en la Tierra y la mirada en el Cielo (1939-1999).

El autor, miembro de la II Promoción de la AGBS, licenciado en Historia y doctor en Paz y Seguridad, D. Jerónimo F. Naranjo García, fue el ganador de la tercera edición del Premio “In Memoriam Mª Manuela (Mané) González-Quirós" y el año pasado presentó en el CESEDEN “Los Suboficiales del Ejército de Tierra: La memoria de los olvidados 1931-1999”. 

 

ACTO: Jueves, 11 de abril, en el CESEDEN ( Paseo de la Castellana, 61, Madrid) a las 18:00 horas. 

Recientemente, se han publicado dos órdenes ministeriales:

  • Orden Ministerial 13/2019, de 28 de marzo, que modifica la Orden Ministerial 17/2009, de 24 de abril, por la que se establece el procedimiento y las normas objetivas de valoración de aplicación en los procesos de evaluación del personal militar profesional.

Cuando todavía resuenan los ecos de la entrega y profesionalidad demostrada por los militares de la Brigada Galicia VII durante el ataque al centro de adiestramiento de Kuolikuoro en Malí, y de su aprovechamiento mediático por parte del Ministerio de Defensa, entramos en periodo electoral y su correspondiente mercadeo… Sin embargo, no hay dinero para los militares.

El gobierno actual, de igual manera que el anterior, prosigue con la equiparación salarial de policías y guardias civiles con los miembros de las policías autonómicas, agrandando todavía más la brecha retributiva con los componentes de las Fuerzas Armadas, y aprobando, además, medidas de mejoras retributivas y profesionales para otros colectivos, como la anunciada el viernes pasado para el personal laboral de la Administración General del Estado.

El pasado día 20 de febrero se publicó en el BOE la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero1, que recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

Se justifica la aprobación de esta Orden en que los poderes públicos, conforme a lo que establece el artículo 14 de la Constitución, deben asumir la obligación de impulsar todas las medidas necesarias para la aplicación efectiva del principio de igualdad, especialmente en aquellas áreas que, como el empleo, favorezcan la integración de los ciudadanos en todas las esferas de la vida económica, política, social y cultural y, singularmente, en el empleo público,  que ha demostrado ser una eficaz herramienta  para  favorecer la movilidad social y la igualdad entre todos los ciudadanos.

En el mes de marzo se cumplirán cuatro años de la publicación en nuestra web de un artículo en el que resumíamos la promoción de los suboficiales como una carrera de obstáculos1. Durante todo este tiempo ha quedado patente la nula voluntad de la Administración y los grupos políticos para corregir una normativa que ha dejado a los suboficiales de las Fuerzas Armadas en una situación injustificable de “apartheid profesional”, inexistente en cualquier otro grupo de empleados públicos. Estamos, aunque con tintes más dramáticos, como la anécdota del banco pintado ante el que Napoleón Bonaparte ordenó poner un centinela que fue mantenido en el tiempo sin que se generase discusión alguna sobre los motivos de su continuidad, pues una legislatura tras otra los distintos equipos ministeriales se van pasando la pelota de la inacción sin querer asumir ninguna responsabilidad para cambiar una legislación que discrimina y separa. Mientras tanto ajo y agua para los suboficiales, además de una buena dosis de frustración. Pero lo que realmente nos indigna es que nadie se ha atrevido a implantar un sistema tan segregacionista o restrictivo en otros ámbitos de la Administración, ni siquiera en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de carácter similar a las Fuerzas Armadas (por más que lo nieguen algunas autoridades del Ministerio de Defensa), siendo la respuesta más evidente la de que están protegidas por el Estado de Derecho y su aplicación sería rechazada de plano por todos los grupos políticos, las instituciones y la sociedad civil. ¿Por qué entonces se sostiene una legislación tan lesiva para la carrera militar de los suboficiales?   

10/12/2018 -

Desarrollo, evolución, avance o mejora son sinónimos de progreso, inherente a la condición humana y a lo que entendemos por civilización en una de sus denominaciones más importantes. Por este motivo, en pleno siglo XXI, a nadie le debería extrañar que una asociación profesional defienda, precisamente, los intereses económicos, profesionales y sociales de sus socios o del colectivo al que pertenecen, sobre todo cuando hay pruebas contundentes de que están en grave riesgo o en constante retroceso. En el caso concreto de los suboficiales de las Fuerzas Armadas se da la triste paradoja de que las antiguas leyes de personal de los Ejércitos y la Armada, vigentes hasta el año 1989, nos otorgaban una mejor carrera profesional que las actuales. Disponíamos hasta entonces de buenos sistemas de promoción interna o, lo que es lo mismo, mayor reconocimiento y motivación, factores fundamentales en cualquier empresa o institución.

Ante esta verdad incómoda para los arquitectos de las Fuerzas Armadas del siglo XXI hay quienes se atreven a afirmar, con mucha simpleza y desprecio a la labor callada que los militares realizamos diariamente, que “el simple transcurso de los años” no puede suplir al mérito y la capacidad. Podemos estar de acuerdo, pero lo que no es de recibo es que, treinta años después del inicio del proceso de profesionalización, la carrera profesional de los suboficiales no es que no haya evolucionado, sino que ha retrocedido hasta niveles anteriores a la Ley Azaña. Aunque la realidad de la sociedad española es bien distinta a la de aquella época, no exageramos cuando efectuamos tal afirmación. ¿Por qué?

26/11/2018 - 

Madrid, 21 de noviembre de 2018

Estimado compañero:

Aunque seguramente te haya llegado con anterioridad alguna propuesta, artículo o informe elaborados por nuestra asociación profesional, quiero, en primer lugar, presentarme. Soy Miquel Peñarroya i Prats, subteniente de Artillería del Ejército de Tierra y presidente de ASFASPRO, la asociación mayoritaria de todas las registradas en el Ministerio de Defensa al amparo de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Nuestra asociación, cercana a los 5.000 socios, representa principalmente a suboficiales, pero también a alumnos de las academias y escuelas de suboficiales y a oficiales procedentes de suboficial.

La filosofía de esta asociación es similar a la de un colegio profesional, siendo nuestro principal objetivo la defensa de los intereses profesionales, económicos y sociales de nuestros asociados. Desarrollamos nuestra actividad conforme a la legislación vigente, respetando la más absoluta neutralidad en relación con la actuación de los partidos políticos y sindicatos.

Creo que a estas alturas ya no hace falta que te relate, porque los has sufrido en tus propias carnes, los muchos agravios y efectos negativos que desde el año 1989 la profusión legislativa en materia de personal ha causado a nuestra carrera profesional, a nuestra trayectoria vital y, sobre todo, a la dignidad que siempre hemos tratado de mantener como militares acostumbrados al cumplimiento de las misiones encomendadas, de manera escrupulosa y eficaz, ofreciendo incluso nuestra vida si fuese necesario. Sin embargo, esta singularidad de la profesión militar no ha servido para que los miembros de los diferentes grupos políticos que han formado parte de la Comisión de Defensa o del Gobierno de la Nación, hayan tenido la sensibilidad suficiente como para dotarnos de unas justas retribuciones o de una ley de personal con plena seguridad jurídica y un reconocimiento profesional acorde con los requisitos académicos y de trayectoria. Es evidente, por tanto, que las sucesivas autoridades del Ministerio de Defensa y la propia cadena de mando de las Fuerzas Armadas fallaron estrepitosamente en la defensa de los intereses profesionales de sus subordinados, a lo que estaban obligados en exclusiva hasta la aprobación de la ya mencionada Ley Orgánica de derechos y deberes, que otorgó esa responsabilidad, también, a las asociaciones profesionales.

Pero en esta ocasión no me dirijo a ti para comentarte estas circunstancias o hechos negativos de nuestro pasado reciente, sino para transmitirte mi preocupación, nuestra preocupación, por lo que consideramos una afrenta y una marginación de la profesión militar, que se está produciendo desde los poderes legislativo y ejecutivo de nuestra Nación, utilizando una doble vara para medir nuestro valor humano y profesional en relación con los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado –en las que también están incluidas las distintas policías autonómicas y locales– y otros servidores públicos. Esta cuestión no es baladí, pues de no corregirse puede significar que la consideración del militar profesional quede a los mismos niveles que tenía a comienzos del siglo XX. O sea, totalmente marginado y olvidado por la sociedad.

Seguro que a más de uno le puede parecer alarmista mi reflexión, pero la realidad de los hechos no hace más que fortalecerla. ¿Por qué? Por varias razones, entre algunas otras:

    • Porque la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional otorga a los subinspectores (categoría profesional similar a suboficial) la equivalencia al grado universitario y a los inspectores el nivel de máster, con una exigencia curricular bastante flexible y un elevado reconocimiento de su trayectoria profesional, circunstancias que no se dan en las Fuerza Armadas.

    • Porque la futura modificación de la Ley de Personal de la Guardia Civil incluirá que la obtención del empleo de sargento será equivalente al nivel académico universitario oficial de Grado y, casi con toda seguridad, otorgará a los miembros de la Escala de Cabos y Guardias la equivalencia al título de grado superior de FP, mientras que un sargento de las Fuerzas Armadas tiene que adquirir una doble titulación tras cursar tres años de academia y permanecer durante toda su vida profesional con el nivel educativo de técnico superior, independientemente de los cursos de ascenso o perfeccionamiento que realice.

    • Porque el reciente acuerdo de equiparación salarial de policías y guardias civiles con los miembros de las policías autonómicas, supondrá que cualquier recién egresado de estos cuerpos pase a cobrar a partir del año 2020 más de 1.000 € que un soldado, 600 € más que un sargento y 200 € más que un teniente de las Fuerzas Armadas.

    • Porque mientras se privilegia a los componentes de las policías autonómicas y locales con la aplicación de coeficientes reductores, que les permiten jubilarse anticipadamente a los 59 años con el 100% de la pensión, a los militares nos argumentan que nuestra solicitud de pase a la reserva con carácter voluntario al cumplir 58 años de edad “no está en sintonía con la corriente social de retrasar las edades de jubilación y eliminar las jubilaciones anticipadas”. Esta evidente contradicción se traduce en que nos toman por idiotas, porque es claro y patente que nuestra jornada laboral real puede llegar a duplicar a la de cualquier otro empleado público o privado y que la profesión militar conlleva la disponibilidad permanente para el servicio, constante movilidad geográfica, penosidad y peligrosidad en el adiestramiento o cumplimiento de las misiones y permanencia en zonas de operaciones, lo que en los ejércitos de nuestro entorno sí es tenido muy en cuenta a la hora de fijar el pase a la reserva o jubilación.

    • Porque ni policías ni guardias civiles sufren recorte alguno en sus retribuciones al cumplir 63 años de edad estando en situación de segunda actividad o reserva.

    • Por último, aunque no menos importante, porque todos los empleados públicos disponen de sistemas de promoción interna que tienen en cuenta el grado o la categoría profesional, la formación previa, la experiencia profesional o las titulaciones del sistema educativo general que aportan los aspirantes a promocionar, condiciones objetivas que el Ministerio de Defensa se niega a reconocer a los suboficiales o las limita hasta la ridiculez.

La realidad es muy tozuda compañero y aunque no queramos verla o tristemente miremos para otro lado, lo cierto es que la profesión militar corre un enorme riesgo de convertirse en algo marginal de la que algunos pueden llegar a decir, con la mala uva que caracteriza a ciertos sectores de la sociedad, que la ejercen “los que no tienen donde caerse muertos”. Ya sé que la mayoría de nosotros ingresamos en la Institución con un alto componente vocacional que prioriza valores tan importantes como el espíritu de sacrificio, la satisfacción del deber cumplido, el compañerismo, etc., pero hay un valor muy destacable que siempre debemos defender: la dignidad, personal y profesional, y esto es algo que deben tener muy presente quienes utilizan esa doble vara de medir cuando legislan con la tranquilidad de saber que los militares ni vamos a provocar algaradas callejeras ni cortes en las vías de comunicación o en las calles de nuestras ciudades.

Por todos estos motivos, es fundamental que los militares valoremos la urgencia del momento y tengamos muy en cuenta la posibilidad que nos otorga la Ley Orgánica de derechos y deberes para participar y colaborar en la configuración de nuestro régimen de personal a través de las asociaciones profesionales. Como prueba de la normalidad con la que venimos trabajando desde hace ya seis años, recientemente se ha registrado en el RAPFAS (registro de asociaciones profesionales de las Fuerzas Armadas) la primera asociación profesional exclusiva de oficiales de carrera, que será bienvenida al Consejo de Personal si verdaderamente tiene como objetivo la mejora de las condiciones profesionales, económicas y sociales del militar sin tratar de menoscabar a los suboficiales.

En consecuencia, no solo te pido que te asocies a ASFASPRO, aunque no voy a negar que me gustaría, sino que tomes conciencia de la situación y te des cuenta de que los militares no podemos convertirnos en ciudadanos de segunda ni en servidores públicos de tercera, por lo que es importantísimo que aumentemos cuanto antes nuestro grado de representación ante la propia Administración, instituciones y grupos políticos, para que nadie pueda acusarnos en el futuro de que nuestra inacción o pasividad fueron las causantes del desprestigio de la profesión militar y de la pérdida del bienestar de nuestras familias. Recuerda, no nos importa la actitud de aquellos que nos insultan, marginan o desprecian, sino el silencio de los que no hablan.

Asociarse a ASFASPRO es muy fácil y actualmente puedes disfrutar de importantes ventajas si lo haces antes del 31 de diciembre de 2018. Básicamente, si necesitas apoyo jurídico y disponer de distintos seguros y ayudas, la cuota integral es de 60 € anuales (5 € al mes). En el caso de que por tu situación profesional o circunstancias personales consideres que no necesitas estos servicios, puedes elegir una cuota básica de 10 € anuales.

 

Para mayor información:

www.asfaspro.es

Asociarse

Tfno. de contacto Administración y altas: 673 969 530

 

Sin otro particular, recibe un cordial saludo.

Miquel Peñarroya i Prats

Presidente de ASFASPRO

 

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